Sedación consciente en OdontopediatríaAspectos legales en España

  1. Neidis Orta Contreras
  2. Montserrat Diéguez Pérez
  3. Carmen Martín Carreras-Presas
  4. Margarita Gómez Sánchez
Revista:
Gaceta dental: Industria y profesiones

ISSN: 1135-2949

Año de publicación: 2015

Número: 272

Páginas: 149-154

Tipo: Artículo

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Resumen

Introducción: en los últimos años ha aumentado el uso de sedantes en las consultas de Odontología pediátrica. En este sentido, las diferentes comunidades autónomas, a través de sus distintos departamentos de Salud y Consumo o Consejerías de Sanidad, consideran necesario elaborar resoluciones para reunir los requisitos técnicos mínimos que han de cumplir los centros sanitarios que utilizan estos procedimientos anestésicos. La finalidad de estas leyes es la de velar por la seguridad del paciente y mejorar la calidad asistencial que recibe. Objetivo: revisión bibliográfica actualizada sobre las normativas que regulan la práctica de la sedación consciente por parte de los odontólogos en España. Resultados y discusión: en la legislación estatal y en las diversas comunidades autónomas existen leyes y órdenes que regulan la sedación consciente en España, así como las competencias del odontólogo en este ámbito. En base a ello, se establecen un conjunto de requisitos para centros y servicios sanitarios en donde se realizan técnicas de sedación. Asimismo, la Asamblea General del Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España ha adoptado por unanimidad la declaración sobre la práctica de la «sedación consciente» en los tratamientos odontológicos. También la Sociedad Española de Anestesiología y Reanimación recomienda establecer unos estándares mínimos para poder clarificar aquellos elementos con los que deben contar las clínicas dentales que desarrollan cirugías orales con sedación. Conclusiones: en relación con la sedación consciente en Odontopediatría, en la actualidad no hay normas a nivel estatal, por lo que cada comunidad aplica la suya con grandes diferencias entre ellas.