Los Tribunales ordinarios deben acatar la jurisprudencia constitucionalcomentario a la STC 138/2016, de 18 de julio

  1. Carrión Morillo, David
Revista:
Diario La Ley

ISSN: 1989-6913

Año de publicación: 2016

Número: 8882

Tipo: Artículo

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Resumen

La STC 138/2016, de 18 de julio, significa la confirmación de una jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional sobre cuándo se produce la interrupción de la prescripción criminal, según el contenido del art. 132.2 del Código Penal, en redacción de la ley 10/1995, de 23 de noviembre. Esa doctrina constitucional supone la derogación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la misma cuestión. Las sentencias de los tribunales ordinarios recurridas en amparo en este caso mantienen el criterio del Tribunal Supremo y no acatan la doctrina constitucional, por lo que el Tribunal Constitucional declara su nulidad.