Las pensiones alimenticias treinta años después de la modificación del Código Civil por la Ley 11/1981, de 13 de mayo

  1. Florit Fernández, Carmen
Dirigida por:
  1. José Antonio Cobacho Gómez Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Murcia

Fecha de defensa: 28 de marzo de 2014

Tribunal:
  1. Juan Roca Guillamón Presidente/a
  2. Juan Antonio Moreno Martínez Secretario/a
  3. Domingo Bello Janeiro Vocal
  4. Silvia Díaz Alabart Vocal
  5. María del Carmen Gómez Laplaza Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

La tesis doctoral titulada �Las pensiones alimenticias treinta años después de la modificación del Código Civil por la Ley 11/1981, de 13 de mayo� pretende abordar el estudio de los aspectos más destacados y conflictivos, tanto doctrinal como jurisprudencialmente, de todo cuanto ha acontecido en materia de derecho de alimentos y pensiones de alimentos, así como con el llamado vitalicio, desde la reforma del Código Civil del año 1981 que afectó a la regulación del matrimonio y el derecho de alimentos. Su objetivo es reunir en un único trabajo de investigación aquellos aspectos más relevantes de lo que ya se ha mencionado. Para ello, y en cuanto a la metodología utilizada, se han estudiado las sucesivas modificaciones legales en la materia desde el año 1981, así como elaborado un estudio pormenorizado de la doctrina científica y de la jurisprudencia relativa al mismo tema. Y todo ello para llegar a las conclusiones, de las que a continuación se detallan las más destacadas: Sobre los alimentos debidos a los hijos: se propone adecuar la regulación actual del Código Civil a la realidad vigente, limitando temporalmente las pensiones que se establezcan a favor de los hijos. Además, se argumenta la fundamentación jurídica de la legitimación del progenitor en la teoría del derecho de reembolso. Sobre los alimentos en el matrimonio y las uniones estables de pareja: se propone asimilar en todo, y también en alimentos, las uniones de hecho a los matrimonios, por las razones que en el estudio pormenorizado se detallan. Sobre el contrato de alimentos: se realiza una crítica a la no exigencia de forma del mismo y se aborda la posible nulidad por falta de causa en determinados casos. En cuanto al cobro internacional de alimentos: se estudia el problema de la enorme cantidad de normas internacionales.