El mercado único digital no se reconoce en el espejo de la Directiva de comercio electrónico
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Universidad Complutense de Madrid
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ISSN: 2659-871X
Año de publicación: 2023
Número: 18
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Derecho Digital e Innovación. Digital Law and Innovation Review
Resumen
La Sala Segunda del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su reciente sentencia de 9 de noviembre de 2023 (asunto C-376/22, Google Ireland y otros) descartó que los Estados miembros puedan obligar a los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en otra parte de la Unión a establecer mecanismos de declaración y verificación de contenidos potencialmente ilícitos. Esta imposición de medidas generales y abstractas a cualquier prestador de una categoría de servicios de sociedad de la información usurpa la competencia reglamentaria del Estado de origen, atentando contra el principio de confianza mutua y de reconocimiento mutuo. Además, el sometimiento de las plataformas a legislaciones diferentes vulnera la libre prestación de servicios y el correcto funcionamiento del mercado interior.