El Desarrollo Constitucional del Riesgo SocialReconocimiento de la Profesión de Entrenador Deportivo en Colombia

  1. Ordoñez Saavedra, Néstor 1
  2. Plata Caballero, Nicolás Francisco de la 2
  3. Sánchez Rodríguez, Diego Alonso 3
  4. Arias Castaño, Ana María 1
  5. Gómez Solano, Julie Hortencia 3
  6. Carrillo Barbosa, Ruby Lorena 4
  7. Alonso Rodríguez, Jeansy 1
  1. 1 Universidad de Ciencias Aplicadas y Ambientales. U.D.C.A.
  2. 2 Universidad Europea de Madrid
    info

    Universidad Europea de Madrid

    Madrid, España

    ROR https://ror.org/04dp46240

  3. 3 Universidad Abierta y a Distancia. UNAD
  4. 4 Corporación Universitaria de Asturias
Revista:
Kronos: revista universitaria de la actividad física y el deporte

ISSN: 1579-5225

Año de publicación: 2021

Volumen: 20

Número: 2

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Kronos: revista universitaria de la actividad física y el deporte

Resumen

Introducción: El riesgo social se menciona de manera indeterminada en el artículo 26 de la Constitución Política de Colombia, en el marco de la exigencia de títulos de idoneidad para las ocupaciones, artes y oficios. Objetivo: Delimitar la definición, concepto y alcance del riesgo social, desde la perspectiva de algunas fuentes de derecho. Metodología: Corresponde a una investigación cualitativa y de reflexión crítica, que tiene como finalidad la generación de conocimiento en el ámbito del derecho constitucional específicamente sobre sobre el riesgo social en el marco del reconocimiento de la profesión de entrenador deportivo. Resultados: Dentro de los principales hallazgos se encuentra que, Colombia tardó más de una década en el proceso legislativo y de revisión constitucional para reconocer y reglamentar la profesión del entrenamiento deportivo, para eso requirió del trámite de dos proyectos de ley en el Congreso de la Republica; así mismo, de cuatro sentencias de la Corte Constitucional para resolver las objeciones del Gobierno Nacional. Conclusiones: El riesgo social debe ser de magnitud considerable, respecto de la capacidad para afectar el interés general y los derechos fundamentales; así mismo, ser susceptible de control sustantivo con la formación académica y tener como finalidad la prevención, para no producir efectos nocivos.

Referencias bibliográficas

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  • Monroy, A. Sáez, G., & Cordente, C. (2009). Reflexiones a los diez años de la imposición de la colegiación obligatoria de los profesores de educación física. Kronos, VIII(16), 97-101.
  • Ordóñez, N. (2017). Una actividad que será reconocida como profesión. Revista Olímpica Colombia, 52, 56-63
  • Ordóñez, N., & de la Plata, N. (2020). El reconocimiento y la reglamentación de la profesión de entrenador deportivo en Colombia y en España. Revista Española de Derecho Deportivo,45, 75-104.
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