La implantación de la Formación Profesional Dual en Españadel consenso sobre su necesidad a la complejidad de su gobernanza

  1. Rocío Moldes Farelo 1
  2. María José Molina García 2
  1. 1 Universidad Europea de Madrid
    info

    Universidad Europea de Madrid

    Madrid, España

    ROR https://ror.org/04dp46240

  2. 2 Profesora acreditada contratada Doctor en Derecho Administrativo, Responsable de Programas, Centro de EstudiosGarrigues.
Revista:
Revista del Ministerio de Trabajo y Economía Social

ISSN: 2660-4647

Año de publicación: 2020

Título del ejemplar: Economía y Sociología

Número: 146

Páginas: 183-206

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista del Ministerio de Trabajo y Economía Social

Resumen

El objetivo general del presente artículo es mostrar la valoración que diferentes expertos ofrecen sobre la estructura de gobernanza del sistema de FP dual para el empleo en España, durante el periodo 2012/2018. En este marco temporal se enmarca la implantación del Contrato para la Formación y el Aprendizaje. La selección del periodo objeto de estudio responde al hecho de que durante esos años se llevarán a cabo dos estrategias bien diferenciadas. La primera etapa (2012/2015), es la denominada «formación no vinculada», un tiempo destinado a adaptarse a los nuevos requerimientos que determina la regulación en vigor, (acreditar a las entidades de formación, completar el repertorio nacional de Certificados de Profesionalidad para todos los sectores, incorporar el nuevo modelo de tele-formación y poner en marcha los medios electrónicos para su gestión). La segunda etapa (2016/2018), corresponde a la fase de «formación vinculada», cuyo objetivo es garantizar a los jóvenes de formación profesional dual una acreditación oficial. Esto significa que todo Contrato de Formación y Aprendizaje debe estar asociado a la obtención de un Certificado de Profesionalidad, acreditación parcial acumulable, título de FP o certificación académica. En esta fase desaparece la formación a distancia, y solo puede impartirse mediante la modalidad presencial o tele-formación. En este contexto, la gobernanza se analizará en torno a dos ámbitos específicos: la consistencia del marco legal (a través de la base regulatoria que se extrae del Real Decreto-ley 3/2012 y el Real Decreto 1529/2012); y las dinámicas de participación de los agentes sociales. Por una parte, el marco jurídico de la FP dual en España se caracteriza por una relativa fragmentación, tanto a nivel interadministrativo como territorial. Este fraccionamiento genera problemas al definir el grado de participación/integración de los agentes, así como la coordinación entre centros formativos y agentes sociales. Por otro lado, la variedad de agentes (Administraciones públicas centrales y regionales, centros formativos, empresas, agentes sociales, etc.) involucrados en la toma de decisiones, gestión e implantación de los sistemas de FP, especialmente de los regímenes duales, es la causa de que todos estos regímenes se caractericen por su complejidad y, a veces, contradicciones. Por ello el estudio de su gobernanza se ha constituido en un área de investigación de interés creciente: el éxito y la eficacia de los sistemas de FP dual dependen, en buena medida, del desarrollo de unas estructuras de gobernanza que favorezcan la coordinación e integración de las diversas instituciones, actividades y actores que tienen entre ellos relaciones de interdependencia. Por lo que se refiere al planteamiento metodológico, la escasa institucionalización del sistema de FP dual español pone de manifiesto la pertinencia de una metodología basada en el testimonio de los principales actores que están participando en el desarrollo de dicho sistema, combinada con el análisis de la normativa vigente. Así, la metodología de carácter cualitativo se ha basado en la realización de treinta y dos entrevistas semiestructuradas. Estas fueron realizadas a expertos pertenecientes a diferentes áreas (técnicos de la Administración pública, entidades formativas, tutores de empresa, tutores de centros educativos), con el fin de obtener una visión, lo más amplia posible, sobre las debilidades y fortalezas de la gobernanza de la FP dual en el sistema español. La manera de presentar la información ha estado marcada, por un lado, por los aspectos más relevantes recogidos en la legislación analizada y, por otro, por los ejes que articularon el testimonio de los expertos entrevistados, orientado por el diseño planteado en el guion de la entrevista. La estructura del texto se divide en tres partes. El primer epígrafe se centra en la implantación de la FP dual para el empleo en el ámbito laboral en España. En el segundo apartado, se explica la metodología utilizada haciendo referencia a la pertinencia de la entrevista semiestructurada, así como el contenido del guion, para finalizar justificando la selección de los sujetos entrevistados. El tercer bloque, que constituye el núcleo del trabajo, aborda el análisis del modelo de gobernanza español, en torno a dos cuestiones anteriormente apuntadas: la solidez del marco regulatorio y la dinámica de participación de los agentes sociales: organizaciones empresariales, sindicales y entidades formativas en el sistema de la FP dual. Los principales resultados se pueden sintetizar en: – La FP dual en España ha experimentado un innegable avance en todos los elementos que la conforman durante el periodo estudiado (2012/2018). – Para mejorar la gobernanza del sistema, los expertos coinciden en señalar, como paso previo, la necesidad de un marco normativo común que permita la coordinación de las actuaciones a todos los niveles. Dentro de la flexibilidad que exige la ordenación territorial, dicho marco debe establecer una uniformidad de criterio, limitando el espacio para la interpretación de cuestiones básicas. – La homogeneización de marco normativo debería incidir en las siguientes cuestiones: a) Profesionalizar el contrato de formación y aprendizaje, diversificando los sectores en los que se firman y disociándolo de su concentración en sectores de baja cualificación y alta precariedad. b) Definir la relación jurídica entre el centro y la empresa y la duración de las prácticas. El hecho de que cuestiones trascendentales estén sometidas a interpretación según los diferentes territorios reduce considerablemente el grado de implicación de las empresas. c) Eliminar la idea de que la formación depende más de la oferta de los centros que de las necesidades de cualificación de los sectores productivos y agilizar el paso de las necesidades de los sectores productivos al catálogo de ocupaciones. d) Vincular a la negociación colectiva, en sus diferentes niveles, el contrato para la formación y el aprendizaje incidiendo en la importancia de superar la inserción para alcanzar la continuidad del aprendiz. Solo así se logrará el objetivo último de la empleabilidad.