Los derechos fundamentales de los presos y su reinserción social

  1. López Melero, Montserrat
Dirigida por:
  1. María Isabel Garrido Gómez Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Alcalá

Fecha de defensa: 22 de septiembre de 2011

Tribunal:
  1. Virgilio Zapatero Gómez Presidente/a
  2. Carlos García Valdés Secretario/a
  3. Jesús Lima Torrado Vocal
  4. José Luis del Hierro Aguazas Vocal
  5. Rafael F. de Asís Roig Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

La investigación centra su atención en el papel de los derechos fundamentales de los presos. Tomamos como base las Reglas Mínimas para el Tratamiento de reclusos y las Reglas Penitenciarias Europeas de 1973, con la finalidad de respetar los derechos de los reclusos y reforzar el cumplimiento del principio de legalidad en la ejecución penitenciaria. Es decir, considerando al preso como sujeto perteneciente de la sociedad y no como sujeto excluido, titular de derechos reconocidos constitucionalmente y de derechos que nacen de la relación penitenciaria, como es el caso del tratamiento penitenciario. Los derechos de los presos vienen reconocidos en las principales Declaraciones de derechos humanos mediante el reconocimiento implícito de una serie de derechos, los cuales son también aplicables a las personas que están en situación de prisión. En este sentido, antes de analizar la concepción de los derechos de los presos se estudia la prisión hasta nuestros días, existiendo un considerable avance. A continuación, se prosigue con el análisis de los derechos fundamentales de nuestra Constitución que son más representativos en cuanto a su vulneración en los Centros Penitenciarios. Asimismo se estudian aquellos derechos que pueden suponer la consecución del fin primordial de las prisiones, reconocido constitucionalmente, que no es otro que la reeducación y reinserción social de los presos. Es decir, se trata de analizar la relación entre los derechos fundamentales tanto del ciudadano como del recluso, englobando derechos individuales y libertades públicas, derechos que pertenecen al individuo de una forma natural e innata, reconocidos y protegidos por el Estado a través de la Constitución.