Aspectos generales del delito de defraudación a la Hacienda PúblicaTrabajo de Fin de Grado, Julio de 2015

  1. Mónica de Cuerda Martín
  2. Demetrio Crespo, Eduardo dir.
Revista:
Gabilex: Revista del Gabinete Jurídico de Castilla-La Mancha

ISSN: 2386-8104

Año de publicación: 2017

Número: 9

Páginas: 128-186

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Gabilex: Revista del Gabinete Jurídico de Castilla-La Mancha

Resumen

El fraude fiscal es uno de los delitos económicos más genuinos, por cuanto con su comisión se afecta de manera directa y trascendente a la Hacienda Pública, y por ende, a toda la política económica nacional. Su comisión ha crecido de manera exponencial a lo largo de los últimos años, lo que ha provocado que cobre aún más importancia si cabe. Básicamente, se pueden señalar como principales características de esta figura delictiva las siguientes: - El bien jurídico protegido es el Erario Público. - Se precisa de una relación jurídico-tributaria entre la Hacienda Pública y el obligado tributario, lo que implica su consideración como un delito especial propio. - Posee tres modalidades de comisión, siendo necesario en todas ellas, que la conducta sea constitutiva cuanto menos, de un “engaño”, ya que en caso contrario, como máximo la conducta será constitutiva de un ilícito administrativo. Ello implica que no todo comportamiento omisivo con consecuencias tributarias sea constitutivo de este ilícito. - Debe causarse un perjuicio patrimonial a la Hacienda Pública en una cuantía superior a 120.000 €, si el mencionado perjuicio patrimonial se sitúa por debajo de éste umbral, volveremos a estar en presencia de una infracción administrativo tributaria. En base a ello se puede concluir que se trata de una figura delictiva sumamente compleja, cuya apreciación en un procedimiento penal dependerá de múltiples variables.